Según la Orden del Ministerio de Sanidad SND/422/2020,el uso de mascarilla ya es obligatorio en:
- en todo el transporte público
- en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
Podrá utilizarse cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, con la condición de que cubran totalmente la nariz y la boca.
¿Quién está obligado al uso de mascarillas?
En principio, están obligadas al uso de mascarillas TODAS las PERSONAS DE SEIS AÑOS EN ADELANTE, en la calle, en el transporte público, en espacios al aire libre y en lugares abiertos al público donde no se puedan mantener 2 metros de distancia.
Sin embargo, hay una serie de casos en los que no será obligatorio su uso. Excepciones:
- Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla (por ejemplo mientras se están tomando o bebiendo alimentos).
Para los niños de entre 3 y 5 años, la mascarilla es recomendable y preferentemente las higiénicas o quirúrgicas, que cubran nariz y boca.
Ya hay suministro suficiente de mascarillas
En este momento, el suministro de mascarillas de tipo higiénico y quirúrgico se está produciendo sin problemas de stock a través de las farmacias, supermercados y grandes superficies. El Ministerio de sanidad ha publicado un folleto (pdf) con recomendaciones a la hora de adquirirlas.